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Real Decreto 155/2009, de 6 de febrero, por el que se indulta a don Alejandro Guillén Morga.

BOE-A-2009-3370·27 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 155/2009, emitido el 6 de febrero de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Alejandro Guillén Morga, quien fue condenado por un delito de robo con intimidación. El indulto no es total, sino que consiste en la conmutación de la pena de prisión originalmente impuesta. El Real Decreto afecta directamente a Alejandro Guillén Morga, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de cuatro años de prisión impuesta a Alejandro Guillén Morga se conmuta por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Alejandro Guillén Morga no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia tras deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. En resumen, el documento concede un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión, pero condicionándola a la buena conducta del beneficiario durante un período determinado.

Visto el expediente de indulto de don Alejandro Guillén Morga, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia, en sentencia de 13 de marzo de 2002, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de cuatro años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de febrero de 2009,

Vengo en conmutar a don Alejandro Guillén Morga la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de febrero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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