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Real Decreto 1512/2011, de 24 de octubre, por el que se indulta a don Mikel Oñatevía Casabiell.

BOE-A-2011-18486·24 de noviembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1512/2011, de 24 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Mikel Oñatevía Casabiell, reduciendo su pena de prisión. El decreto afecta directamente a Mikel Oñatevía Casabiell, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio de Justicia y a la sociedad en general, al modificar una sentencia judicial firme. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan dos años de la pena privativa de libertad impuesta a Mikel Oñatevía Casabiell. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a un individuo condenado por delitos económicos, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un período determinado.

Visto el expediente de indulto de don Mikel Oñatevía Casabiell, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimosexta, en sentencia de 20 de marzo de 2009, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa a la pena de seis años de prisión, multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de octubre de 2011,

Vengo en indultar a don Mikel Oñatevía Casabiell dos años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 24 de octubre de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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