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Real Decreto 1502/2009, de 26 de septiembre, por el que se indulta a don Malick Diallo.

BOE-A-2009-16709·20 de octubre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Malick Diallo, condenado por un delito contra la salud pública. Afecta directamente al Sr. Diallo. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionada a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don Malick Diallo, condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya, sección sexta, en sentencia de 27 de febrero de 2006, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 225 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de septiembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Malick Diallo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 26 de septiembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.