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Real Decreto 1497/2012, de 29 de octubre, por el que se indulta a don Rubén Gamo Rico.

BOE-A-2012-14031·14 de noviembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1497/2012, de 29 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Rubén Gamo Rico, reduciendo su pena privativa de libertad en seis meses. El Real Decreto afecta directamente a Rubén Gamo Rico, quien fue condenado por un delito de robo con intimidación con uso de arma. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que instó el indulto. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se le indultan seis meses de la pena de prisión impuesta a Rubén Gamo Rico. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Rubén Gamo Rico no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en el expediente presentado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Proceso: El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, el documento concede un indulto parcial condicionado a un delincuente, reduciendo su pena de prisión pero estableciendo un periodo de prueba para evitar la reincidencia.

Visto el expediente de indulto de don Rubén Gamo Rico, instado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Castilla La Mancha número 2, con sede en Ocaña, en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Toledo, en sentencia de 4 de agosto de 2010, como autor de un delito de robo con intimidación con uso de arma, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de octubre de 2012,

Vengo en indultar a don Rubén Gamo Rico seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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