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Real Decreto 1477/2009, de 18 de septiembre, por el que se indulta a don Juan José Manuel García Fernández.

BOE-A-2009-15983·7 de octubre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1477/2009, emitido el 18 de septiembre de 2009. El objeto principal del decreto es conceder un indulto parcial a don Juan José Manuel García Fernández, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Navarra por 18 delitos de homicidio por imprudencia grave, 80 delitos de lesiones por imprudencia grave y 4 faltas de lesiones por imprudencia grave, derivados de hechos ocurridos en 1997. Este decreto afecta directamente a Juan José Manuel García Fernández, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad impuesta (dos años y seis meses de prisión) por otra de dos años de prisión. Mantenimiento de la inhabilitación: Se mantiene la pena de inhabilitación especial para el manejo de máquinas de tren, aunque se reduce el tiempo a dos años. Condición suspensiva:** El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso, el indulto podría ser revocado. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión pero manteniendo la inhabilitación profesional, sujeto a la condición de no delinquir nuevamente en un período determinado. El decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia.

Visto el expediente de ,indulto de don Juan José Manuel García Fernández, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Navarra, en sentencia de 23 de abril de 2001, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona/Iruña como autor de 18 delitos de homicidio por imprudencia grave, 80 delitos de lesiones por imprudencia grave y 4 faltas de lesiones por imprudencia grave a la pena de dos años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el manejo de máquinas de tren durante cuatro años y seis meses, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre 2009,

Vengo en conmutar a don Juan José Manuel García Fernández la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión dejando subsistente la pena de inhabilitación especial para el manejo de máquinas de tren en el tiempo de dos años, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de septiembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMANO DOMÍNGUEZ

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