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Real Decreto 1475/2012, de 19 de octubre, por el que se concede el indulto parcial al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Carlos Golmar San Julián.

BOE-A-2012-13811·8 de noviembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto emitido por el Rey Juan Carlos I de España el 19 de octubre de 2012, a propuesta del Ministro de Defensa. Su objeto principal es la concesión de un indulto parcial a Carlos Golmar San Julián, un Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra. El documento afecta directamente a Carlos Golmar San Julián, quien había sido condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero por un delito de deserción, tipificado en el artículo 120 del Código Penal Militar. La condena original consistía en dos años y cuatro meses de prisión, junto con la suspensión de cargo público y el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Se concede un indulto parcial a Carlos Golmar San Julián. La pena de prisión original de dos años y cuatro meses se reduce a un año de prisión. Las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho al sufragio pasivo se mantienen, pero se ajustan a la duración de la pena de prisión reducida (un año). En resumen, el Real Decreto representa un acto de clemencia del gobierno español, reduciendo la pena impuesta a un militar por un delito de deserción, aunque manteniendo las consecuencias legales accesorias proporcionales a la nueva duración de la condena. La decisión se basa en los informes del Tribunal Sentenciador, el Fiscal Jurídico Militar y el Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, y fue deliberada por el Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto relativo al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Carlos Golmar San Julián, condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero, con sede en Madrid, en las Diligencias Preparatorias número 12/154/07, como autor de un delito de «deserción», previsto y penado en el artículo 120 del Código Penal Militar, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, constando en el mismo los informes del Tribunal Sentenciador, del Fiscal Jurídico Militar y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de octubre de 2012,

Vengo en conceder al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Carlos Golmar San Julián, el indulto parcial respecto de la pena de prisión impuesta con sus accesorias legales, remitiendo la misma por la de un año de prisión con sus accesorias legales.

Dado en Madrid, el 19 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Defensa,

PEDRO MORENÉS EULATE

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