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Real Decreto 1473/2009, de 18 de septiembre, por el que se indulta a don Juan Carlos Dueñas García.

BOE-A-2009-15979·7 de octubre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1473/2009, de 18 de septiembre. Su objeto principal es conceder el indulto parcial a don Juan Carlos Dueñas García, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga por delitos de amenazas, coacciones y daños cometidos en 2003. El indulto afecta directamente a Juan Carlos Dueñas García, liberándolo de las penas privativas de libertad (prisión) que aún tuviera pendientes de cumplimiento. Sin embargo, el Real Decreto especifica que no se extinguen los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, lo que implica que las penas accesorias (suspensión de cargo público, inhabilitación para el sufragio pasivo, prohibición de acercarse a las víctimas) y la multa impuesta por el delito de daños se mantienen vigentes. La disposición más relevante es la condición impuesta para la efectividad del indulto: Juan Carlos Dueñas García debe abstenerse de cometer cualquier delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir las penas privativas de libertad que le fueron condonadas. El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Dueñas García, condenado por el Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga, en sentencia de 3 de enero de 2006, como autor de un delito de amenazas, a la pena de un año de prisión; de un delito de coacciones, a la pena de 15 meses de prisión; y de un delito de daños, a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros y con las accesorias de suspensión de cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo, prohibición de acercarse a las víctimas durante cinco años, de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse por cualquier medio y acudir al lugar de residencia o de trabajo, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 2009,

Vengo en indultar a don Juan Carlos Dueñas García las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de septiembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMANO DOMÍNGUEZ

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