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Real Decreto 146/2007, de 2 de febrero, por el que se indulta a don Antonio Cubo Alarcón.

BOE-A-2007-5087·10 de marzo de 2007·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto 146/2007, de 2 de febrero, por el que se indulta a don Antonio Cubo Alarcón.

Visto el expediente de indulto de don Antonio Cubo Alarcón, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Alicante, sección segunda, en sentencia de 3 de marzo de 2003, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 50.000 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de febrero de 2007,

Vengo en conmutar a don Antonio Cubo Alarcón la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2007.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.