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Real Decreto 145/2013, de 22 de febrero, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Andrés Leonardo Romero Meneses.

BOE-A-2013-2487·6 de marzo de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 145/2013, de 22 de febrero, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Don Andrés Leonardo Romero Meneses. La concesión se basa en las circunstancias excepcionales que concurren en el solicitante, según la propuesta del Ministro de Justicia y la deliberación del Consejo de Ministros. El Real Decreto afecta directamente a Andrés Leonardo Romero Meneses, quien se convierte en ciudadano español con vecindad civil catalana. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza: Se otorga la nacionalidad española a Andrés Leonardo Romero Meneses. Fundamento de la concesión: Se basa en circunstancias excepcionales y la propuesta del Ministro de Justicia. Vecindad civil: Se especifica que el nuevo ciudadano tendrá vecindad civil catalana. Efectos de la concesión: La concesión de la nacionalidad está sujeta a los requisitos, condiciones y plazos establecidos en el Código Civil español. En resumen, este Real Decreto formaliza la decisión del Gobierno español de otorgar la nacionalidad española a Andrés Leonardo Romero Meneses, reconociendo circunstancias excepcionales que justifican esta concesión por carta de naturaleza. La adquisición de la nacionalidad está sujeta a las disposiciones del Código Civil.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Andrés Leonardo Romero Meneses y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de febrero de 2013,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Andrés Leonardo Romero Meneses, con vecindad civil catalana.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 22 de febrero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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