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Real Decreto 1428/2010, de 29 de octubre, por el que se indulta a don Víctor Manuel Ruiz Acosta.

BOE-A-2010-18788·6 de diciembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el 1428/2010, emitido el 29 de octubre de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Víctor Manuel Ruiz Acosta, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz por un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso, cometido en 2007. La sentencia original le impuso una pena de dos años de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo. El Real Decreto afecta directamente a Víctor Manuel Ruiz Acosta, modificando la pena privativa de libertad que debía cumplir. Las disposiciones más relevantes del decreto son: Conmutación de la pena: La pena de prisión pendiente de cumplimiento se conmuta por una pena de un año de multa, pagadera en cuotas diarias de seis euros, y 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. El tribunal sentenciador determinará el inicio y la forma de cumplimiento de la multa. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Víctor Manuel Ruiz Acosta no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de don Víctor Manuel Ruiz Acosta, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz, en sentencia de 23 de octubre de 2008, como autor de un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso, a la pena de dos años de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de octubre de 2010,

Vengo en conmutar a don Víctor Manuel Ruiz Acosta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de un año de multa que se satisfará en cuotas diarias de seis euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador y 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de octubre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.