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Real Decreto 1424/2010, de 29 de octubre, por el que se indulta a don José Manuel de Dueñas Lage.

BOE-A-2010-18784·6 de diciembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1424/2010, de 29 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don José Manuel de Dueñas Lage, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz por un delito contra la salud pública. El documento afecta directamente a José Manuel de Dueñas Lage, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a José Manuel de Dueñas Lage por otra de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad que debe cumplir. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que el indultado no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación de la pena quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras la consideración de los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han tenido en cuenta las circunstancias del caso y la opinión de las partes involucradas. Aprobación: El Real Decreto es propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que indica que el indulto ha sido objeto de un análisis y deliberación a nivel gubernamental. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don José Manuel de Dueñas Lage, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección primera, en sentencia de 13 de abril de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 14,61 euros, con las accesorias de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de octubre de 2010,

Vengo en conmutar a don José Manuel de Dueñas Lage la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de octubre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.