decretoVigente

Real Decreto 1406/2009, de 28 de agosto, por el que se indulta a don Heliodoro Sánchez González.

BOE-A-2009-15213·25 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1406/2009, emitido el 28 de agosto de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Heliodoro Sánchez González. El documento afecta directamente a Heliodoro Sánchez González, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria por un delito contra la salud pública cometido en 2004. La sentencia le impuso una pena de tres años de prisión y una multa de 240 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión de Indulto Parcial: Se indulta a Heliodoro Sánchez González un año de la pena privativa de libertad impuesta. Esto significa que su condena de prisión se reduce en un año. Condición Suspensiva: El indulto está condicionado a que Heliodoro Sánchez González no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir el año de prisión que le fue indultado. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Autorización: El Real Decreto es propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, este Real Decreto otorga un indulto parcial condicionado a una persona condenada por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión en un año, siempre y cuando no vuelva a delinquir dolosamente en un plazo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don Heliodoro Sánchez González, condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, sección primera, en sentencia de 11 de abril de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 240 euros, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de agosto de 2009,

Vengo en indultar a don Heliodoro Sánchez González un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Palma de Mallorca, el 28 de agosto de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.