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Real Decreto 1405/2012, de 5 de octubre, por el que se indulta a don Alexander Giraldo Montoya.

BOE-A-2012-13009·19 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1405/2012, emitido el 5 de octubre de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Alexander Giraldo Montoya, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2009. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa. El Real Decreto afecta directamente a Alexander Giraldo Montoya, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta originalmente por una pena de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Alexander Giraldo Montoya no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación podría ser revocada. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que indica que se ha realizado una evaluación del caso antes de conceder el indulto. Aprobación: El indulto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que demuestra que es una decisión tomada al más alto nivel del gobierno. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Alexander Giraldo Montoya, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, en sentencia de 1 de julio de 2011, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 18.367,41 euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de octubre de 2012,

Vengo en conmutar a don Alexander Giraldo Montoya la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.