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Real Decreto 1382/2012, de 27 de septiembre, por el que se indulta a don Mario Manuel López García.

BOE-A-2012-12790·12 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el 1382/2012, emitido el 27 de septiembre de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Mario Manuel López García, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Santa Cruz de Tenerife por un delito de robo con violencia e intimidación y un delito de lesiones, cometidos en 2010. El Real Decreto afecta directamente a Mario Manuel López García, el condenado, y, por extensión, al sistema judicial en lo que respecta a la ejecución de la pena impuesta. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original (tres años y seis meses por robo y veintiún meses por lesiones) por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Mario Manuel López García no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, presumiblemente, la pena original podría ser restablecida. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado. La decisión se basa en informes judiciales y es aprobada por el Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Mario Manuel López García, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Santa Cruz de Tenerife, en sentencia de 3 de marzo de 2011, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación, a la pena de tres años y seis meses de prisión; y un delito de lesiones, a la pena de veintiún meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de septiembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Mario Manuel López García las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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