decretoVigente

Real Decreto 138/2009, de 6 de febrero, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Esther Gabizon Gabizon.

BOE-A-2009-3394·27 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 138/2009, de 6 de febrero, emitido por el Gobierno de España. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Esther Gabizon Gabizon. Este Real Decreto afecta directamente a doña Esther Gabizon Gabizon, otorgándole la nacionalidad española. Indirectamente, afecta al Estado español, que incorpora a una nueva ciudadana. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad: Se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Esther Gabizon Gabizon, atendiendo a circunstancias excepcionales. La decisión se toma a propuesta del Ministro de Justicia y tras deliberación del Consejo de Ministros. Vecindad civil: Se especifica que la vecindad civil de la persona naturalizada será de Derecho Común. Efectos de la concesión: Se establece que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según lo previsto en el Código Civil, lo que implica el cumplimiento de requisitos, condiciones y plazos establecidos en dicha normativa. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. En resumen, el documento oficializa la concesión de la nacionalidad española a una persona específica, basándose en circunstancias excepcionales y siguiendo el procedimiento legal establecido. La concesión está sujeta a las condiciones y plazos definidos en el Código Civil español.

A propuesta del Ministro de Justicia, en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Esther Gabizon Gabizon, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de febrero de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Esther Gabizon Gabizon, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 6 de febrero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.