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Real Decreto 1339/2009, de 31 de julio, por el que se indulta a don Jesús Bruno Fernández.

BOE-A-2009-14384·9 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1339/2009, de 31 de julio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Jesús Bruno Fernández, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla por un delito contra la propiedad intelectual y una falta contra el orden público. El Real Decreto afecta directamente a Jesús Bruno Fernández, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad (seis meses de prisión) pendiente de cumplimiento por una pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Esto significa que en lugar de ir a prisión, el Sr. Fernández deberá realizar trabajos comunitarios durante ese período. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que don Jesús Bruno Fernández no cometa ningún delito doloso en el plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han tenido en cuenta las circunstancias del caso para tomar la decisión de conceder el indulto. Aprobación: El indulto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que indica que ha seguido el procedimiento legal establecido para la concesión de indultos. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado, conmutando su pena de prisión por trabajos comunitarios, sujeto a la condición de no cometer nuevos delitos dolosos en un plazo determinado. Este tipo de indulto busca, en teoría, favorecer la reinserción social del condenado.

Visto el expediente de indulto de don Jesús Bruno Fernández, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, en sentencia de 10 de mayo de 2007, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión y multa de 12 meses con una cuota diaria de dos euros y de una falta contra el orden público, a la pena de multa de 10 días con una cuota diaria de dos euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 2009,

Vengo en conmutar a don Jesús Bruno Fernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en el Consulado Honorario de España en Funchal, el 31 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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