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Real Decreto 1315/2009, de 31 de julio, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Alegre Benzaquen Abecasis.

BOE-A-2009-14439·10 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 1315/2009, de 31 de julio. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Doña Alegre Benzaquen Abecasis. Este Real Decreto afecta directamente a Doña Alegre Benzaquen Abecasis, otorgándole la nacionalidad española. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad: Se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Doña Alegre Benzaquen Abecasis, con vecindad civil de Derecho Común. Esta concesión se basa en las circunstancias excepcionales que concurren en la persona beneficiada, según lo propuesto por el Ministro de Justicia y deliberado por el Consejo de Ministros. Efectos de la concesión: Se establece que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según los requisitos, condiciones y plazos previstos en el Código Civil español. Esto implica que la adquisición efectiva de la nacionalidad estará sujeta al cumplimiento de los trámites y requisitos legales establecidos en el Código Civil. Firma y fecha:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, y fechado el 31 de julio de 2009 en el Consulado Honorario de España en Funchal. En resumen, este Real Decreto es un acto administrativo singular que otorga la nacionalidad española a una persona específica, basándose en circunstancias excepcionales y sujetando la efectividad de la concesión a las disposiciones del Código Civil.

A propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Alegre Benzaquen Abecasis y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 2009,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Alegre Benzaquen Abecasis, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en el Consulado Honorario de España en Funchal, el 31 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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