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Real Decreto 1264/2011, de 8 de septiembre, por el que se concede el indulto parcial al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Luis Enrique Pellus Díaz.

BOE-A-2011-15334·29 de septiembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto del gobierno español, específicamente el Real Decreto 1264/2011, de 8 de septiembre, que concede un indulto parcial a Luis Enrique Pellus Díaz, un Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra. El objeto principal del Real Decreto es reducir la pena impuesta a Luis Enrique Pellus Díaz por un delito de "deserción" según el artículo 120 del Código Penal Militar. Originalmente, fue condenado por la Sala V de lo Militar del Tribunal Supremo a dos años y cuatro meses de prisión, junto con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo. Este Real Decreto afecta directamente a Luis Enrique Pellus Díaz, ya que modifica su condena. También afecta indirectamente al sistema judicial militar y a la percepción pública sobre la aplicación de la justicia en el ámbito militar. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto parcial. La reducción de la pena de prisión de dos años y cuatro meses a tres meses, manteniendo las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena reducida. La justificación del indulto, basada en la propuesta de la Ministra de Defensa y la deliberación del Consejo de Ministros. La firma del Rey Juan Carlos I y la Ministra de Defensa, Carme Chacón Piqueras, que confiere validez legal al decreto. En resumen, el Real Decreto 1264/2011 es un acto de clemencia del gobierno español que reduce la pena de prisión impuesta a un soldado por un delito militar, demostrando la potestad del ejecutivo para modificar sentencias judiciales en casos específicos.

Visto el expediente de indulto relativo al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Luis Enrique Pellus Díaz, condenado por la Sala V de lo Militar del Tribunal Supremo, con sede en Madrid, en las diligencias preparatorias número 12/184/06, como autor de un delito de «deserción», previsto y penado en el artículo 120 del Código Penal Militar, a la pena de dos años y cuatro meses, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a propuesta de la Ministra de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de septiembre de 2011,

Vengo en conceder al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don Luis Enrique Pellus Díaz el indulto parcial respecto de la pena de prisión impuesta con sus accesorias legales, remitiendo la misma por la de tres meses de prisión con sus accesorias legales.

Dado en Madrid, el 8 de septiembre de 2011.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Defensa,

CARME CHACÓN PIQUERAS

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