Visto el expediente de indulto de doña Cristina Junquera Arroyo, condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, sección quinta, en sentencia de 21 de septiembre de 2010, como autora de un delito de falsedad documental, a la pena de tres años de prisión, multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio público durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el empleo público que desempeñaba por tiempo de dos años, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de agosto de 2012,
Vengo en conmutar a doña Cristina Junquera Arroyo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de agosto de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ