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Real Decreto 1239/2010, de 1 de octubre, por el que se indulta a don Miguel Julián Isidoro.

BOE-A-2010-16063·21 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1239/2010, de fecha 1 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Miguel Julián Isidoro, conmutando la pena de prisión que le fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba por un delito de resistencia, por una pena de multa. El Real Decreto afecta directamente a Miguel Julián Isidoro, quien fue condenado a seis meses de prisión e inhabilitación para el sufragio pasivo. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados para la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se sustituye la pena de seis meses de prisión pendiente de cumplimiento por una multa de 360 días, a razón de 6 euros diarios. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Miguel Julián Isidoro no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena de prisión original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de don Miguel Julián Isidoro, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, en sentencia de 6 de octubre de 2005, como autor de un delito de resistencia, a la pena de seis meses de prisión, con la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de octubre de 2010,

Vengo en conmutar a don Miguel Julián Isidoro la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 360 días de multa que se satisfará en cuotas diarias de 6 euros, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 1 de octubre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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