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Real Decreto 1205/2009, de 10 de julio, por el que se indulta a don Juan Manuel Vázquez Novo.

BOE-A-2009-13729·21 de agosto de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1205/2009, de 10 de julio. Su objeto principal es conceder el indulto a don Juan Manuel Vázquez Novo, liberándolo de la pena de suspensión pendiente de cumplimiento. Esta pena se derivaba de una condena previa impuesta por la Audiencia Provincial de Vizcaya por un delito de detención ilegal cometido en el año 2000. Originalmente, la condena incluía una pena de multa e inhabilitación absoluta, pero esta última ya había sido conmutada previamente por una pena de suspensión. El Real Decreto afecta directamente a Juan Manuel Vázquez Novo, quien se beneficia del indulto. Indirectamente, afecta al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, ya que implica la extinción de la pena impuesta. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto: Se indulta a Juan Manuel Vázquez Novo de la pena de suspensión pendiente de cumplimiento. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. Esto le otorga validez legal y formal.

Visto el expediente de indulto de don Juan Manuel Vázquez Novo, condenado por la Audiencia Provincial de Vizcaya, sección primera, en sentencia de 22 de septiembre de 2005, como autor de un delito de detención ilegal, a la pena de multa de cinco meses con una cuota diaria de 10 euros, con inhabilitación absoluta por un período de ocho años, inhabilitación que fue conmutada por un año de suspensión en Consejo de Ministros de fecha 24 de julio de 2008, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de julio de 2009,

Vengo en indultar a don Juan Manuel Vázquez Novo la pena de suspensión pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 10 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.