decretoVigente

Real Decreto 1202/2011, de 19 de agosto, por el que se indulta a don Manuel del Fresno Velasco.

BOE-A-2011-14569·10 de septiembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de Indulto, específicamente el Real Decreto 1202/2011, emitido el 19 de agosto de 2011. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Manuel del Fresno Velasco, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2007. El documento afecta directamente a Manuel del Fresno Velasco, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de tres años y nueve meses de prisión impuesta a Manuel del Fresno Velasco por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que el indultado no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación se revocaría y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Autorización: El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado. El documento legal formaliza la decisión del gobierno de otorgar este beneficio legal.

Visto el expediente de indulto de don Manuel del Fresno Velasco, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigésima novena, en sentencia de 12 de marzo de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y nueve meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 154,08 euros, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de agosto de 2011,

Vengo en conmutar a don Manuel del Fresno Velasco la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de agosto de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.