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Real Decreto 1201/2011, de 19 de agosto, por el que se indulta a don Marc Corbera Huerta.

BOE-A-2011-14568·10 de septiembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1201/2011, de 19 de agosto. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Marc Corbera Huerta, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2006. El Real Decreto afecta directamente a Marc Corbera Huerta, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de tres años de prisión impuesta a Marc Corbera Huerta por una pena de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad. Condiciones del indulto: La conmutación de la pena está sujeta a dos condiciones esenciales: Que el indultado no abandone el tratamiento de rehabilitación que ha iniciado hasta alcanzar la total recuperación. Que no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la fecha de publicación del Real Decreto. El incumplimiento de estas condiciones podría implicar la revocación del indulto y el cumplimiento de la pena original. El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Fue firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de don Marc Corbera Huerta, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección décima, en sentencia de 20 de marzo de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 60 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de agosto de 2011,

Vengo en conmutar a don Marc Corbera Huerta la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de agosto de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.