decretoVigente

Real Decreto 1171/2012, de 27 de julio, por el que se indulta a don Faustino Frometa González.

BOE-A-2012-11114·24 de agosto de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1171/2012, de 27 de julio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Faustino Frometa González. El decreto afecta directamente a Faustino Frometa González, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 19 de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2008. La sentencia le impuso una pena de dos años y siete meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y una multa. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Se indultan ocho meses de la pena privativa de libertad impuesta a Faustino Frometa González. El indulto está condicionado a que no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del decreto. Si incumple esta condición, el indulto podría ser revocado. El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, el Real Decreto reduce la pena de prisión de Faustino Frometa González, pero le impone la condición de no delinquir nuevamente en un período de tres años. Es un acto de clemencia del Estado, concedido tras un proceso de evaluación y deliberación.

Visto el expediente de indulto de don Faustino Frometa González, instado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Madrid, número 3, en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario, condenado por el Juzgado de lo Penal número 19 de Madrid, en sentencia de 13 de noviembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años y siete meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 40 euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de julio de 2012,

Vengo en indultar a don Faustino Frometa González ocho meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de julio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.