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Real Decreto 1154/2010, de 10 de septiembre, por el que se indulta a don Ángel Rodríguez Pérez.

BOE-A-2010-15485·9 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Ángel Rodríguez Pérez, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionada a la continuación del tratamiento de rehabilitación y a no cometer nuevos delitos dolosos en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Rodríguez Pérez.

Visto el expediente de indulto de don Ángel Rodríguez Pérez, condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla, sección tercera, en sentencia de 14 de diciembre de 2007, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de condena y multa de 2.055,82 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Ángel Rodríguez Pérez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 10 de septiembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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