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Real Decreto 1151/2010, de 10 de septiembre, por el que se indulta a don José Luis Muedra Martínez.

BOE-A-2010-15482·9 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1151/2010, de 10 de septiembre. Su objeto principal es conceder el indulto a don José Luis Muedra Martínez, respecto a la pena privativa de libertad que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Valencia por un delito contra la salud pública cometido en 2006. La sentencia original le condenó a tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa de 500 euros. El Real Decreto afecta directamente a José Luis Muedra Martínez, liberándolo de la pena de prisión pendiente. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, que emitieron informes considerados en la decisión. Las disposiciones más relevantes son: Se indulta a José Luis Muedra Martínez de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento. El indulto está condicionado a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. El Real Decreto fue emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto subraya la naturaleza excepcional y la importancia del acto de indulto, que requiere la intervención de las más altas instancias del Estado.

Visto el expediente de indulto de don José Luis Muedra Martínez, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia, sección cuarta, en sentencia de 13 de julio de 2007, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 500 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 2010,

Vengo en indultar a don José Luis Muedra Martínez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 10 de septiembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.