decretoVigente

Real Decreto 1145/2010, de 10 de septiembre, por el que se indulta a don Luis Miguel Casado Martín.

BOE-A-2010-15476·9 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 10 de septiembre de 2010. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Luis Miguel Casado Martín, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Madrid por un delito intentado de robo con fuerza en las cosas. El Real Decreto afecta directamente a Luis Miguel Casado Martín, modificando la pena impuesta por el tribunal. En lugar de cumplir la pena de prisión pendiente, se le conmuta por una pena de 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se sustituye la pena de prisión pendiente por la pena de trabajos en beneficio de la comunidad. Condiciones del indulto: El indulto está condicionado a que el beneficiario no abandone el tratamiento de rehabilitación que haya iniciado y a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del decreto. El incumplimiento de estas condiciones podría revocar el indulto. Firma y refrendo:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, modificando la pena impuesta a un individuo, pero sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones para garantizar su rehabilitación y evitar la reincidencia.

Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Casado Martín, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Madrid, en sentencia de 15 de junio de 2007, como autor de un delito intentado de robo con fuerza en las cosas, a la pena de nueve meses y un día de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Luis Miguel Casado Martín la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 10 de septiembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.