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Real Decreto 114/2019, de 1 de marzo, por el que se indulta a doña Liliana Cecilia Cruz Lara.

BOE-A-2019-3081·4 de marzo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 114/2019, de 1 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Liliana Cecilia Cruz Lara. El documento afecta directamente a: Doña Liliana Cecilia Cruz Lara: La persona indultada. El sistema judicial: En cuanto a la ejecución de la sentencia original. El Ministerio de Justicia: Responsable de la propuesta del indulto. El Consejo de Ministros: Quien delibera y aprueba el indulto. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto Parcial: Se indulta a Liliana Cecilia Cruz Lara de un año de la pena privativa de libertad impuesta por el Juzgado de lo Penal número 12 de Valencia por un delito de lesiones y resistencia. Condición Suspensiva: El indulto está condicionado a que la beneficiaria no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena restante. Fundamentación: El indulto se concede atendiendo a las circunstancias de la condenada y considerando razones de justicia y equidad, según los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Firma y Refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Felipe VI y refrendado por la Ministra de Justicia, Dolores Delgado García, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a una persona condenada por delitos de lesiones y resistencia, basándose en razones de justicia y equidad, y sujeto a la condición de no reincidir en un periodo de tres años.

Visto el expediente de indulto de doña Liliana Cecilia Cruz Lara, condenada por el Juzgado de lo Penal número 12 de Valencia, en sentencia de 20 de septiembre de 2012, como autora de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial del ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y un delito de resistencia, a la pena de seis meses de prisión que se sustituye por 12 meses de multa con cuota diaria de 4 euros, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de marzo de 2019,

Vengo en indultar a doña Liliana Cecilia Cruz Lara un año de la pena privativa de libertad impuesta a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 1 de marzo de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

DOLORES DELGADO GARCÍA

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.