decretoVigente

Real Decreto 1138/2011, de 22 de julio, por el que se indulta a don Jean Jacques Edward Alexander.

BOE-A-2011-14522·8 de septiembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 1138/2011, emitido el 22 de julio de 2011. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Jean Jacques Edward Alexander. El Real Decreto afecta directamente a Jean Jacques Edward Alexander, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2008, a una pena de seis años y un día de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa de 1.000.000 de euros. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de Indulto Parcial: Se le indultan seis meses de la pena privativa de libertad impuesta. Condición: El indulto está condicionado a que Jean Jacques Edward Alexander no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado. Fundamentación: La decisión de conceder el indulto se basa en la consideración de los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Proceso: El indulto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión de Jean Jacques Edward Alexander bajo la condición de buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Jean Jacques Edward Alexander, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigésima sexta, en sentencia de 15 de julio de 2009, revisada por Auto de dicha Audiencia Provincial de 25 de noviembre de 2010, en virtud de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modificó el Código Penal, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de 1.000.000 de euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de julio de 2011,

Vengo en indultar a don Jean Jacques Edward Alexander seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 22 de julio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.