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Real Decreto 1133/2009, de 3 de julio, por el que se indulta a don Raúl Núñez Ramos.

BOE-A-2009-12712·31 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1133/2009, de 3 de julio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Raúl Núñez Ramos, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla por un delito de lesiones agravadas cometido en 2003. El decreto afecta directamente a Raúl Núñez Ramos, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la víctima del delito. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de cuatro años de prisión impuesta a Raúl Núñez Ramos por una pena reducida de dos años de prisión. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Raúl Núñez Ramos no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Autoridades:** El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto subraya la naturaleza excepcional y la importancia del acto de indulto, que requiere la intervención de las más altas autoridades del Estado. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a un individuo condenado por un delito, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Raúl Núñez Ramos, condenado por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia de 11 de junio de 2007, como autor de un delito de lesiones agravadas, a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 2009,

Vengo en conmutar a don Raúl Núñez Ramos la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 3 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.