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Real Decreto 1113/2010, de 3 de septiembre, por el que se indulta a don Osman Fal.

BOE-A-2010-14344·18 de septiembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Osman Fal, condenado por un delito contra la propiedad intelectual. Afecta directamente a Osman Fal, conmutando las penas de prisión y multa pendientes por 30 días de trabajos comunitarios. El indulto está condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de dos años.

Visto el expediente de indulto de don Osman Fal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Zaragoza, en sentencia de 19 de enero de 2006, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión con accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de doce meses con una cuota diaria de dos euros. La pena privativa de libertad se sustituye por expulsión de territorio español sin que pueda regresar en plazo de 10 años y, en todo caso mientras no haya prescrito la pena, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de septiembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Osman Fal las penas privativas de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 3 de septiembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.