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Real Decreto 1104/2012, de 13 de julio, por el que se indulta a don Mariano Velada Jurado.

BOE-A-2012-10113·27 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1104/2012, emitido el 13 de julio de 2012. Su objeto principal es conceder el indulto a don Mariano Velada Jurado, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Sabadell por cuatro delitos de robo con fuerza en las cosas, recibiendo una pena de un año de prisión por cada delito, además de la inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Los delitos fueron cometidos en el año 2004. Este Real Decreto afecta directamente a Mariano Velada Jurado, liberándolo de las penas privativas de libertad que aún tenga pendientes de cumplimiento. Las disposiciones más relevantes son: Se indulta a Mariano Velada Jurado de las penas de prisión pendientes por los delitos mencionados. El indulto está condicionado a que Mariano Velada Jurado no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado. El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y deliberado por el Consejo de Ministros. El documento está firmado por el entonces Rey de España, Juan Carlos I, y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, otorgando el perdón a una persona condenada por delitos específicos, sujeto al cumplimiento de una condición de no reincidencia.

Visto el expediente de indulto de don Mariano Velada Jurado, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Sabadell, en sentencia de 13 de mayo de 2009, como autor de cuatro delitos de robo con fuerza en las cosas, a la pena por cada delito de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de julio de 2012,

Vengo en indultar a don Mariano Velada Jurado las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de julio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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