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Real Decreto 1080/2011, de 15 de julio, por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Serge Jonas Ibaka Ngobila.

BOE-A-2011-12309·16 de julio de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 1080/2011, de 15 de julio. Su objeto principal es la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a Serge Jonas Ibaka Ngobila. El documento afecta directamente a Serge Jonas Ibaka Ngobila, otorgándole la nacionalidad española. Indirectamente, afecta al Estado español, al incorporar un nuevo ciudadano. Las disposiciones más relevantes son: Concesión de la nacionalidad española: Se otorga formalmente la nacionalidad española a Serge Jonas Ibaka Ngobila por carta de naturaleza, en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en su persona. Vecindad civil: Se especifica que la vecindad civil del nuevo ciudadano será de Derecho Común. Efectos de la concesión:** Se establece que la concesión de la nacionalidad producirá efectos según lo previsto en el Código Civil, incluyendo los requisitos, condiciones y plazos establecidos en dicha normativa. El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez y fuerza legal. La concesión se realiza a propuesta del Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros, lo que indica un proceso de evaluación y aprobación gubernamental.

A Propuesta del Ministro de Justicia en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en don Serge Jonas Ibaka Ngobila, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de julio,

Vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a don Serge Jonas Ibaka Ngobila, con vecindad civil de Derecho Común.

Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil.

Dado en Madrid, el 15 de julio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.