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Real Decreto 1051/2010, de 5 de agosto, por el que se indulta a don Yatta Sock.

BOE-A-2010-13526·28 de agosto de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Yatta Sock, condenado por delitos contra la propiedad intelectual e industrial. La medida afecta directamente al Sr. Sock, eximiéndole del cumplimiento de las penas de prisión y multa pendientes. El indulto está condicionado a que no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Yatta Sock, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Granada, en sentencia de 17 de julio de 2007, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión, multa de doce meses con una cuota diaria de dos euros y un delito contra la propiedad industrial, a la pena de seis meses de prisión, multa de doce meses con una cuota diaria de dos euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de julio,

Vengo en indultar a don Yatta Sock las penas de prisión y multas pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de agosto de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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