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Orden PCM/10/2021, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden PRA/1081/2017, de 8 de noviembre, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público "Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020".

BOE-A-2021-524·14 de enero de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial (Orden PCM/10/2021) que modifica la Orden PRA/1081/2017. Su objeto principal es extender el plazo de funcionamiento del órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la preparación de los deportistas españoles para los Juegos Olímpicos de Tokio 2020. A quién afecta: Principalmente afecta al órgano administrativo creado para gestionar el programa de apoyo, a las entidades encargadas de la ejecución de los planes y programas (Asociación Deportes Olímpicos y el Comité Paralímpico Español), a los deportistas beneficiarios del programa, y a las Administraciones Públicas interesadas, especialmente el Ministerio de Hacienda. Indirectamente, afecta a los contribuyentes, ya que el programa se financia con fondos públicos y ofrece incentivos fiscales al mecenazgo. Disposiciones más relevantes: Extensión del plazo: La modificación principal es la ampliación del plazo de duración del programa de apoyo, extendiéndolo hasta el 31 de diciembre de 2021. Originalmente, el programa abarcaba del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2020. Esta extensión se debe al aplazamiento de los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 a causa de la pandemia de COVID-19. Justificación: La orden justifica la modificación basándose en el Real Decreto-ley 17/2020, que a su vez modificó la disposición final primera del Real Decreto-ley 3/2017. Principios de buena regulación: La orden declara cumplir con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, según lo establecido en la Ley 39/2015. Entrada en vigor: La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Modificación del Artículo 8 de la Orden PRA/1081/2017**: Este artículo, aunque no se especifica su contenido original, es modificado para reflejar la extensión del plazo del programa.

El artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la Ley que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público regulará la creación de un órgano administrativo que se encargue de la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa, en el que necesariamente estarán representadas las Administraciones públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda, siendo necesario el voto favorable de la representación de este Ministerio para la emisión de las citadas certificaciones. De conformidad con los artículos 6 y 7 de la Orden PRA/1081/2017, de 8 de noviembre, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público «Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020», las entidades encargadas de la ejecución de los planes y programas, son la Asociación Deportes Olímpicos y el Comité Paralímpico Español.

La disposición final primera del Real Decreto-ley 3/2017, de 17 de febrero, por el que se modifica la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, y se adapta a las modificaciones introducidas por el Código Mundial Antidopaje de 2015, establece que el «Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

El apartado 2 de la citada disposición final primera establece que «La duración de este programa abarcará de 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2020».

Mediante la disposición final tercera del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, se ha modificado el apartado 2 de la disposición final primera del Real Decreto-ley 3/2017, de 17 de febrero, al objeto de ampliar la duración del «Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020», que queda redactado de la siguiente forma: «2. La duración de este programa abarcará de 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2021». Todo ello hace necesaria, en el sentido que se propone, la modificación de la Orden PRA/1081/2017, de 8 de noviembre.

La aprobación de la norma proyectada está en consonancia con los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que rigen el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.

La Orden es acorde al principio de necesidad, por adecuar la Orden PRA/1081/2017, de 8 de noviembre, al Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo.

Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa de su contenido, reforzando la seguridad jurídica. En todo caso, dado que se trata de una norma puramente organizativa (plazo referido a un órgano colegiado), su tramitación se encuentra exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información públicas.

Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte y de la Ministra de Hacienda, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden PRA/1081/2017, de 8 de noviembre, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público «Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020».

El artículo 8 de la Orden PRA/1081/2017, de 8 de noviembre, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público «Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de Tokio 2020», queda redactado de la siguiente forma:

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de enero de 2021.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo Poyato.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.