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Orden ISM/1200/2025, de 28 de octubre, por la que se corrigen errores en la Orden ISM/821/2025, de 24 de julio, por la que se fijan para el ejercicio 2025 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.

BOE-A-2025-21809·30 de octubre de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Orden Ministerial de Corrección de Errores, específicamente la Orden ISM/1200/2025, emitida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Su objeto principal es corregir errores detectados en la Orden ISM/821/2025, que fijaba las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en el Régimen Especial de la Minería del Carbón para el ejercicio 2025. La orden afecta directamente a trabajadores y empresas incluidos en el Régimen Especial de la Minería del Carbón, así como a la Tesorería General de la Seguridad Social y a las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social encargadas de la recaudación y gestión de las cotizaciones. La disposición más relevante es la sustitución completa del anexo de la Orden ISM/821/2025, que contenía las bases normalizadas de cotización. El nuevo anexo, que se adjunta a la Orden de Corrección, establece las bases diarias normalizadas de cotización por contingencias comunes para el año 2025, diferenciadas por zonas geográficas: Zona Primera (Asturias), Zona Segunda (Noroeste) y Zona Cuarta (Centro-Levante). La publicación original del 31 de julio de 2025 queda sin efecto en lo que respecta al anexo de bases de cotización. En resumen, la orden busca asegurar la correcta aplicación de las bases de cotización en el sector minero del carbón, corrigiendo errores que pudieran afectar al cálculo de las cotizaciones y, por ende, a las prestaciones sociales.

Advertidos errores en la Orden ISM/821/2025, de 24 de julio, por la que se fijan para el ejercicio 2025 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de 31 de julio de 2025, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En las páginas 103263 a 103266, se sustituye el anexo en el que se fijan para el ejercicio 2025 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón por el anexo que se adjunta, quedando sin efecto el publicado con fecha 31 de julio de 2025:

«ANEXO

Bases diarias normalizadas de cotización, por contingencias comunes, que se establecen en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón para su aplicación, durante el 2025, en el ámbito territorial de la Zona Primera (Asturias)

Bases diarias normalizadas de cotización, por contingencias comunes, que se establecen en el Régimen Especial de la Minería del Carbón para su aplicación, durante el 2025, en el ámbito territorial de la Zona Segunda (Noroeste)

Bases diarias normalizadas de cotización, por contingencias comunes, que se establecen en el Régimen Especial de la Minería del Carbón para su aplicación, durante el 2025, en el ámbito territorial de la Zona Cuarta (Centro-Levante)

Madrid, 28 de octubre de 2025.–La Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz Delgado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.