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Orden HFP/87/2018, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación 990, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial.

BOE-A-2018-1419·2 de febrero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial (Orden HFP/87/2018) emitida por el Ministerio de Hacienda y Función Pública de España. Su objeto principal es aprobar un nuevo modelo de autoliquidación, específicamente el modelo 990, para el impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno (NOx) a la atmósfera producida por la aviación comercial. Esta orden afecta directamente a las empresas y operadores de aviación comercial que operan en España y que, por tanto, están sujetos al pago de este impuesto. Las disposiciones más relevantes son: Aprobación del Modelo 990: Se aprueba el nuevo modelo de autoliquidación 990, que debe ser utilizado para declarar y pagar el impuesto sobre las emisiones de NOx. Este modelo se encuentra en el anexo de la orden. Formato Electrónico: El modelo 990 estará disponible exclusivamente en formato electrónico a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña. Derogación de la Orden Anterior: La Orden ECO/4/2016, que aprobaba el modelo anterior de autoliquidación, queda derogada con la entrada en vigor de esta nueva orden. Entrada en Vigor: La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La orden se justifica por la necesidad de adaptar el impuesto a las modificaciones introducidas por la Ley 2/2016, que a su vez buscaba adecuar el impuesto a las reglas del derecho europeo en materia de ayudas de Estado. Estas modificaciones incluyen la ampliación del hecho imponible al transporte aéreo de mercancías, la eliminación del límite de vuelos en la base imponible y el establecimiento de un único tipo de gravamen. En resumen, esta orden actualiza el formulario de declaración del impuesto para reflejar los cambios legislativos recientes.

Mediante la Ley 2/2016, de 2 de noviembre, de modificaciones urgentes en materia tributaria, se han introducido cambios en el impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, aprobado por la Ley 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear.

Las modificaciones obedecen a la necesidad de adecuar el impuesto a las reglas del derecho europeo en materia de ayudas de Estado. Así, se ha ampliado el hecho imponible al transporte aéreo de mercancías, se ha suprimido de la base imponible el límite de 20.000 vuelos y se ha establecido un único tipo de gravamen.

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear, es necesario aprobar un modelo de autoliquidación del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial mediante orden del consejero del departamento competente en materia tributaria. A esta necesidad se dio cumplimiento mediante la Orden ECO/4/2016, de 11 de enero, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación 990, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial.

Como consecuencia de los cambios en el impuesto introducidos por la Ley 2/2016, de 2 de noviembre, de modificaciones urgentes en materia tributaria, resulta necesario aprobar un nuevo modelo de autoliquidación.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Aprobación del modelo de autoliquidación.

1. Se aprueba el modelo de autoliquidación número 990 del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, el cual figura en el anexo de esta orden.

2. Dicho modelo de autoliquidación estará disponible exclusivamente en formato electrónico en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Disposición derogatoria única.

Cuando entre en vigor esta Orden queda derogada la Orden ECO/4/2016, de 11 de enero, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación 990, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera, producida por la aviación comercial.

Disposición final única.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

También se publicará en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña».

Madrid, 30 de enero de 2018.–El titular del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, P.S. (Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre), el Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro Romero.

ANEXO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.