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Orden EHA/3724/2008, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas.

BOE-A-2008-20641·22 de diciembre de 2008·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Orden Ministerial (Orden EHA/3724/2008) que modifica una orden anterior (Orden EHA/2655/2008) relativa a la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección pertenecientes a la I Serie de Joyas Numismáticas. El objeto principal de la modificación es ajustar las características de una de las monedas de la serie, específicamente la que reproduce la dracma hispano-griega. Inicialmente, esta moneda se iba a corresponder con la denominación de 8 reales, pero la Orden modificatoria la adapta a la denominación y métrica de la moneda de doble 4 reales. Esto implica cambios en el peso, diámetro y en la descripción de los motivos del anverso y reverso de la moneda de 10 euros. También se modifican las tablas relativas al número máximo de piezas y a los precios de venta al público. Esta Orden afecta principalmente a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, encargada de la acuñación, y a los coleccionistas y público en general interesados en adquirir estas monedas conmemorativas. Las disposiciones más relevantes son: Artículo Único: Modifica la Orden EHA/2655/2008, cambiando la denominación y métrica de la moneda de 10 euros (dracma hispano-griega) a "doble 4 reales". Se especifican las nuevas características: plata de 925 milésimas, peso de 27 gramos, diámetro de 33 mm, forma circular con canto estriado y calidad "Proof". Se detallan los motivos del anverso (reproducción de la dracma con la leyenda ESPAÑA 2008 y el valor 10 EURO) y reverso (reproducción del reverso de la dracma con Pegaso y la leyenda EMPORITON). Se ajustan las tablas relativas al número máximo de piezas y a los precios de venta al público de las monedas de oro y de doble 4 reales. Disposición Transitoria Única: La modificación tiene efectos retroactivos, desde el 23 de septiembre de 2008. Disposición Final Única: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

De conformidad con la definición y regulación de las monedas de colección, establecida en el artículo 81 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se dicta la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas, con la finalidad de reproducir y difundir piezas singulares de la Numismática Hispana. La primera serie de estas monedas de colección está dedicada al áureo romano y a la dracma hispano-griega. Durante el tiempo transcurrido, desde la publicación de la Orden citada hasta la puesta en marcha de la emisión, se han puesto de manifiesto razones numismáticas, no apreciadas en la tramitación de la disposición, que aconsejan la modificación de la denominación y métrica inicialmente previstas para una de las monedas que componen esta emisión. De acuerdo con lo anterior, la moneda destinada a reproducir el motivo de la dracma hispano-griega se adapta a la denominación y métrica de la moneda de doble 4 reales, en lugar de a la de 8 reales. En su virtud dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas.

La Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas, queda modificada como sigue: Uno. El apartado relativo a la Moneda de 10 euro de valor facial, del artículo 2, queda redactado del siguiente modo: Moneda de 10 euro de valor facial (doble 4 reales, plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre).

Tolerancia en ley: Mínima de 925 milésimas. Peso: 27 g con una tolerancia en más o en menos de 0,27 g. Diámetro: 33 mm. Forma: Circular con canto estriado. Calidad: Proof. Motivos:

En el anverso se reproduce, en el centro de la moneda y dentro de un círculo, el anverso de una dracma hispano-griega de plata, acuñada después del año 241 a.C. en Emporion (L'Escala, Girona). Representa la cabeza de Perséfone o de Aretusa mirando a la derecha, rodeada de tres delfines. Fuera del círculo central, aparecen los datos referidos a esta moneda de colección. A la izquierda, la marca de Ceca y por encima de ella, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA 2008. Por debajo de la marca de Ceca, en sentido circular descendente y en mayúsculas, el valor de la pieza, 10 EURO. Rodea todos los motivos y todas las leyendas una gráfila de perlas.

En el reverso de la moneda se reproduce el reverso de la dracma hispano-griega descrita más arriba, que representa a Pegaso mirando a la derecha, con la leyenda EMPORITON debajo. Dos. La tabla relativa a número máximo de piezas, del artículo 3, queda redactada del siguiente modo:

Tres. La tabla relativa a precios de venta al público, del artículo 7, queda redactada del siguiente modo:

Disposición transitoria única. Efectos de la modificación de la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas.

La modificación de la Orden EHA/2655/2008, de 11 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I Serie de Joyas Numismáticas, prevista en la presente disposición, tendrá efectos desde el 23 de septiembre de 2008.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 11 de diciembre de 2008.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes Mira.

Denominación

Valor facial

Tirada máxima

Moneda oro 13,92 mm diámetro

20 euro

Doble 4 reales

10 euro

Denominación

Valor facial

P.V.P. (excluido IVA)

Moneda oro 13,92 mm diámetro

20 euro

48 euro

Doble 4 reales

10 euro

44 euro

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.