Resumen del Artículo 26

Artículo 26 del Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG) — Acreditación de las situaciones de violencia de género ejercida sobre las funcionarias. La acreditación de las circunstancias que dan lugar al reconocimiento de los derechos de movilidad geográfica de centro de trabajo, excedencia, y reducción o reordenación del tiempo de…

LOVGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 26

La acreditación de las circunstancias que dan lugar al reconocimiento de los derechos de movilidad geográfica de centro de trabajo, excedencia, y reducción o reordenación del tiempo de trabajo, se realizará en los términos establecidos en el artículo 23.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2004

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 26

¿Qué dice el Artículo 26 del LOVG?

Acreditación de las situaciones de violencia de género ejercida sobre las funcionarias. La acreditación de las circunstancias que dan lugar al reconocimiento de los derechos de movilidad geográfica…

¿El Artículo 26 del LOVG está vigente?

El artículo 26 del LOVG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 26 dentro del LOVG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 26?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.