Resumen del Artículo 61

Artículo 61 del Ley de Sociedades de Capital (LSC) — Aportaciones dinerarias. 1. Las aportaciones dinerarias deberán establecerse en euros. 2. Si la aportación fuese en otra moneda, se determinará su equivalencia en euros con arreglo a la ley.

LSCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 61

1. Las aportaciones dinerarias deberán establecerse en euros.

2. Si la aportación fuese en otra moneda, se determinará su equivalencia en euros con arreglo a la ley.

Norma publicada: 2 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 61

¿Qué dice el Artículo 61 del LSC?

Aportaciones dinerarias. 1. Las aportaciones dinerarias deberán establecerse en euros. 2. Si la aportación fuese en otra moneda, se determinará su equivalencia en euros con arreglo a la ley.

¿El Artículo 61 del LSC está vigente?

El artículo 61 del LSC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 61 dentro del LSC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Subsección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 61?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.