Resumen del Artículo 302

Artículo 302 del Ley de Sociedades de Capital (LSC) — Aumento por conversión de obligaciones. Cuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicará lo establecido en el acuerdo de emisión de las obligaciones.

LSCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 302

Cuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicará lo establecido en el acuerdo de emisión de las obligaciones.

Norma publicada: 2 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 302

¿Qué dice el Artículo 302 del LSC?

Aumento por conversión de obligaciones. Cuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicará lo establecido en el acuerdo de emisión de las obligaciones.

¿El Artículo 302 del LSC está vigente?

El artículo 302 del LSC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 302 dentro del LSC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 302?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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