Artículo Disposición adicional únicaDisposición adicional única
Disposición adicional única. Tramitación del pacto de convivencia familiar, de sus modificaciones y de su extinción.
El pacto de convivencia familiar, sus modificaciones y su extinción se tramitarán en los términos previstos por la legislación procesal civil para el convenio regulador en procesos de separación y divorcio de mutuo acuerdo.
Norma publicada: 1 de abril de 2011