Resumen del Artículo Disposición adicional vigésima

Artículo Disposición adicional vigésima del Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) — Disposición adicional vigésima. Régimen jurídico del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria. El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria tendrá la consideración de autoridad administrativa independiente de conformidad con lo previsto en esta Ley.

LRJSPVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional vigésimaDisposición adicional vigésima

Disposición adicional vigésima. Régimen jurídico del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria tendrá la consideración de autoridad administrativa independiente de conformidad con lo previsto en esta Ley.

Norma publicada: 1 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigésima

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional vigésima del LRJSP?

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¿El Artículo Disposición adicional vigésima del LRJSP está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional vigésima dentro del LRJSP?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional vigésima?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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