Resumen del Artículo Disposición adicional decimoséptima

Artículo Disposición adicional decimoséptima del Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) — Disposición adicional decimoséptima. Régimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La Agencia Estatal de Administración Tributaria se regirá por su legislación específica y únicamente de forma supletoria y en tanto resulte compatible con su legislación…

LRJSPVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional decimoséptimaDisposición adicional decimoséptima

Disposición adicional decimoséptima. Régimen jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria se regirá por su legislación específica y únicamente de forma supletoria y en tanto resulte compatible con su legislación específica por lo previsto en esta Ley.

El acceso, la cesión o la comunicación de información de naturaleza tributaria se regirán en todo caso por su legislación específica.

Norma publicada: 1 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional decimoséptima

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional decimoséptima del LRJSP?

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¿El Artículo Disposición adicional decimoséptima del LRJSP está vigente?

El artículo Disposición adicional decimoséptima del LRJSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional decimoséptima dentro del LRJSP?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional decimoséptima?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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