Resumen del Artículo 80

Artículo 80 del Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) — El Servicio Exterior del Estado. El Servicio Exterior del Estado se rige en todo lo concerniente a su composición, organización, funciones, integración y personal por lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y en su normativa…

LRJSPVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 80

El Servicio Exterior del Estado se rige en todo lo concerniente a su composición, organización, funciones, integración y personal por lo dispuesto en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y en su normativa de desarrollo y, supletoriamente, por lo dispuesto en esta Ley.

Norma publicada: 1 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 80

¿Qué dice el Artículo 80 del LRJSP?

El Servicio Exterior del Estado. El Servicio Exterior del Estado se rige en todo lo concerniente a su composición, organización, funciones, integración y personal por lo dispuesto en la Ley 2/2014,…

¿El Artículo 80 del LRJSP está vigente?

El artículo 80 del LRJSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 80 dentro del LRJSP?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 80?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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