Resumen del Artículo 97

Artículo 97 del Ley de Patentes (LP) — Justificación previa del solicitante de la licencia. 1. Previamente a la solicitud de una licencia obligatoria el interesado deberá probar que ha intentado, sin conseguirlo en un plazo prudencial, obtener del titular de la patente una licencia contractual en términos y…

LPVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 97

1. Previamente a la solicitud de una licencia obligatoria el interesado deberá probar que ha intentado, sin conseguirlo en un plazo prudencial, obtener del titular de la patente una licencia contractual en términos y condiciones comerciales razonables. Para las licencias previstas en el artículo 96, y salvo que se den las circunstancias previstas en el artículo 9.2 del Reglamento (CE) n.º 816/2006 al que se refiere el apartado 1 del artículo precedente, este plazo será en todo caso de treinta días, anteriores a la presentación de la solicitud.

2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será aplicable:

a) En los casos de emergencia nacional o en otras circunstancias de extrema urgencia.

b) En los casos de uso público no comercial.

c) En el supuesto previsto en la letra c) del artículo 91.

Norma publicada: 24 de julio de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 97

¿Qué dice el Artículo 97 del LP?

Justificación previa del solicitante de la licencia. 1. Previamente a la solicitud de una licencia obligatoria el interesado deberá probar que ha intentado, sin conseguirlo en un plazo prudencial,…

¿El Artículo 97 del LP está vigente?

El artículo 97 del LP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 97 dentro del LP?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 97?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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