Resumen del Artículo 16

Artículo 16 del Ley de Patentes (LP) — Invenciones pertenecientes al empleado o prestador de servicios. Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias previstas en el artículo 15.1 pertenecen al autor de las mismas.

LPVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 16

Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias previstas en el artículo 15.1 pertenecen al autor de las mismas.

Norma publicada: 24 de julio de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 16

¿Qué dice el Artículo 16 del LP?

Invenciones pertenecientes al empleado o prestador de servicios. Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias previstas en el artículo 15.1 pertenecen al autor de las mismas.

¿El Artículo 16 del LP está vigente?

El artículo 16 del LP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 16 dentro del LP?

Forma parte del articulado del Ley de Patentes.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 16?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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