Artículo 16
Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias previstas en el artículo 15.1 pertenecen al autor de las mismas.
Norma publicada: 24 de julio de 2015
Resumen del Artículo 16
Artículo 16 del Ley de Patentes (LP) — Invenciones pertenecientes al empleado o prestador de servicios. Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias previstas en el artículo 15.1 pertenecen al autor de las mismas.
Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias previstas en el artículo 15.1 pertenecen al autor de las mismas.
Norma publicada: 24 de julio de 2015
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Invenciones pertenecientes al empleado o prestador de servicios. Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias previstas en el artículo 15.1 pertenecen al autor de las mismas.
El artículo 16 del LP está vigente.
Forma parte del articulado del Ley de Patentes.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.