Artículo 14
El inventor tiene, frente al titular de la solicitud de patente o de la patente, el derecho a ser mencionado como tal inventor en la patente.
Norma publicada: 24 de julio de 2015
Resumen del Artículo 14
Artículo 14 del Ley de Patentes (LP) — Designación del inventor. El inventor tiene, frente al titular de la solicitud de patente o de la patente, el derecho a ser mencionado como tal inventor en la patente.
El inventor tiene, frente al titular de la solicitud de patente o de la patente, el derecho a ser mencionado como tal inventor en la patente.
Norma publicada: 24 de julio de 2015
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Designación del inventor. El inventor tiene, frente al titular de la solicitud de patente o de la patente, el derecho a ser mencionado como tal inventor en la patente.
El artículo 14 del LP está vigente.
Forma parte del articulado del Ley de Patentes.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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