Resumen del Artículo Disposición adicional vigésima segunda

Artículo Disposición adicional vigésima segunda del Ley Orgánica de Universidades (LOU) — Disposición adicional vigésima segunda. Del régimen de Seguridad Social de profesores asociados, visitantes y eméritos. 1. En la aplicación del régimen de Seguridad Social a los profesores asociados y a los profesores visitantes, se procederá como sigue: a) Los que sean…

LOUVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional vigésima segundaDisposición adicional vigésima segunda

Disposición adicional vigésima segunda. Del régimen de Seguridad Social de profesores asociados, visitantes y eméritos.

1. En la aplicación del régimen de Seguridad Social a los profesores asociados y a los profesores visitantes, se procederá como sigue:

a) Los que sean funcionarios públicos sujetos al régimen de clases pasivas del Estado continuarán con su respectivo régimen, sin que proceda su alta en el régimen general de la Seguridad Social, por su condición de profesor asociado o visitante.

b) Los que estén sujetos al Régimen general de la Seguridad Social o a algún Régimen especial distinto al señalado en el apartado a) serán alta en el Régimen general de la Seguridad Social.

c) Los que no se hallen sujetos a ningún régimen de previsión obligatoria serán alta en el Régimen general de la Seguridad Social.

2. Los profesores eméritos no serán dados de alta en el Régimen general de la Seguridad Social.

Norma publicada: 21 de diciembre de 2001

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigésima segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional vigésima segunda del LOU?

Disposición adicional vigésima segunda. Del régimen de Seguridad Social de profesores asociados, visitantes y eméritos. 1. En la aplicación del régimen de Seguridad Social a los profesores asociados…

¿El Artículo Disposición adicional vigésima segunda del LOU está vigente?

El artículo Disposición adicional vigésima segunda del LOU está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional vigésima segunda dentro del LOU?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica de Universidades.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional vigésima segunda?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.