Artículo 9
1. Los departamentos son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros, de acuerdo con la programación docente de la universidad, de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado, y de ejercer aquellas otras funciones que sean determinadas por los estatutos.
2. La creación, modificación y supresión de departamentos corresponde a la universidad, conforme a sus estatutos.
Norma publicada: 21 de diciembre de 2001